Resolución de la SCJN sobre el envío de la contabilidad electrónica

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11/Jul/2016

El pasado 6 de julio fue resuelto por la Segunda Sala de la SCJN, el primer amparo relacionado con el envío mensual de la contabilidad electrónica.   No obstante que a la fecha no se ha dado a conocer la ejecutoria de dicha sentencia, con base en el proyecto de sentencia y el comunicado emitido por la propia SCJN, se puede anticipar que no se concedió el amparo y protección de la justicia de la Unión en contra de la obligación de enviar mensualmente la contabilidad electrónica.

 

No obstante lo anterior, si fue concedido el amparo respecto del Anexo 24 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2015, que establece las bases para la generación de los archivos “xml” que sirven para el envío electrónico de la contabilidad, al considerar que dicho Anexo viola los derechos de legalidad y seguridad jurídica.

 

Conforme a lo anterior, tendríamos que a pesar de que se ha declarado constitucional la obligación de enviar mensualmente la contabilidad a las autoridades fiscales, no podría exigirse el cumplimiento de esta obligación a los contribuyentes que solicitaron el amparo, debido a que el Anexo 24 antes referido, no puede ser aplicado para tal fin.

 

En ese orden de ideas, consideramos que deberá analizarse cada amparo promovido en contra de la contabilidad electrónica, a fin de determinar si le resulta aplicable el beneficio de esta sentencia, así como el alcance del mismo.

 

También deberá analizarse en su momento, el efecto que tendría para los contribuyentes que promovieron un amparo, el hecho de que las autoridades fiscales emitan un nuevo Anexo 24, que salve los aspectos de inconstitucionalidad que fueron observados por la SCJN.

 

Finalmente, es importante mencionar que la resolución de este amparo constituye solamente un precedente aislado, que requerirá de otros cuatro asuntos resueltos en el mismo sentido, a fin de que se conforme la jurisprudencia que sería obligatoria para los juzgados y Tribunales que resuelvan estos asuntos.




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